El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado la ordenanza fiscal aprobada por el Ayuntamiento de Mogán para regular la tasa por servicios y actividades derivadas de la acción turística y la obligación de sostenibilidad.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha anulado la ordenanza fiscal aprobada por el Ayuntamiento de Mogán para regular la tasa por servicios y actividades derivadas de la acción turística y la obligación de sostenibilidad.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima el recurso presentado por la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas contra la ordenanza aprobada definitivamente por el Pleno municipal el 28 de febrero de 2025 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el 10 de marzo de 2025.
La sentencia declara la nulidad de pleno derecho de la disposición municipal e impone las costas al Ayuntamiento de Mogán, con un límite máximo de 3.000 euros.
La ordenanza anulada establecía una tasa de 0,15 euros por día vinculada a las pernoctaciones en establecimientos turísticos del municipio de Mogán.
El Ayuntamiento defendía que el objetivo era financiar servicios y actividades relacionados con la acción turística, la sostenibilidad del destino, proyectos medioambientales, promoción, patrimonio histórico y cultural, así como actuaciones vinculadas al sector primario.
Sin embargo, la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas recurrió la norma al considerar, entre otros motivos, que vulneraba el principio de reserva de ley, que no definía con suficiente claridad los servicios que se iban a financiar y que trasladaba una carga improcedente a los sujetos pasivos.
El TSJC centra buena parte de su razonamiento en la definición del hecho imponible de la tasa. La Sala considera que los servicios y actividades incluidos en la ordenanza aparecen formulados mediante expresiones demasiado amplias, como turismo, sostenibilidad del destino, proyectos medioambientales, patrimonio histórico y cultural o sector primario.
A juicio del tribunal, esos conceptos son ambiguos, imprecisos, genéricos y abstractos, lo que impide conocer con claridad qué servicios concretos iba a financiar la tasa.
La sentencia recuerda que una tasa debe estar vinculada a un servicio público o a una actividad administrativa determinada que afecte o beneficie de forma particular al sujeto obligado al pago. En este caso, el tribunal entiende que esa relación no queda suficientemente delimitada.
La resolución reconoce el propósito del Ayuntamiento de Mogán de buscar fórmulas para afrontar los costes asociados al turismo y la sostenibilidad del municipio, e incluso elogia el esfuerzo por utilizar la tributación como herramienta para orientar la actividad económica hacia modelos menos lesivos para el entorno.
No obstante, la Sala concluye que la ordenanza desnaturaliza la figura de la tasa y se aproxima a una fórmula de financiación general del Ayuntamiento.
El tribunal sostiene que, pese al objetivo perseguido por la corporación local, el tributo impugnado no cumple las exigencias legales propias de una tasa, especialmente el principio de equivalencia entre el coste del servicio y lo recaudado.
Según la sentencia, lo cobrado no aparece ligado de forma suficiente a un servicio concreto, sino que opera como un medio de obtención de recursos económicos para el consistorio.
El fallo estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas y declara nula la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicios y realización de actividades derivadas de la acción turística y la obligación de sostenibilidad.
La resolución supone un revés para el Ayuntamiento de Mogán, que había defendido la legalidad del tributo como instrumento para contribuir a sufragar los costes derivados de la presión turística en el municipio.
La sentencia, fechada el 28 de mayo de 2026 y firmada electrónicamente en julio, deja sin efecto la ordenanza municipal y abre un nuevo escenario sobre la posibilidad de implantar tasas locales vinculadas a la actividad turística en Canarias.