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Un juzgado de Vitoria vuelve a tumbar las sanciones de la Diputación de Álava a las colonias de Euskal Udalekuak

Дата публикации: 04-07-2026 06:51:19

La magistrada Sánchez Ruiz-Tello recalca que es excesivo entrar a valorar en un proceso contencioso-administrativo hechos que están en investigación en la vía penal, en referencia a las denuncias de presunta violencia sexualEuskadi llega al 1 de julio con los deberes a medias en el endurecimiento del control de los campamentos de verano
Por segunda vez en una semana, la magistrada de lo contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Vitoria Rosa Esperanza Sánchez Ruiz-Tello ha tumbado de manera cautelar las medidas impuestas por la Diputación de Álava contra el campamento de Euskal Udalekuak en Bernedo, investigado por otro juzgado de lo penal por denuncias de violencia sexual. Se levanta, ahora ya después de escuchadas las alegaciones forales, la prohibición de la celebración de actividades con menores. Técnicamente, podría celebrarse en 2026 el campamento, aunque por motivos logísticos eso ya no es posible por las fechas en que ha llegado esta resolución. La entidad sí tiene colonias en Navarra.

Fuentes de la Diputación confirman que sí han recibido una resolución desfavorable, pero no se ha hecho público el auto judicial. El diario 'El Correo' sí publica fragmentos y la magistrada desecha en ellos los argumentos forales al entender que acceder a las medidas cautelares sin que haya una resolución sobre el fondo tras el recurso de Euskal Udalekuak, y teniendo en cuenta los hechos denunciados en el otro procedimiento, podrían hacer que si ganaren el pleito los organizadores “no se borrara la impronta en el pensamiento colectivo de que esta asociación no es de fiar porque ha merecido fuertes sanciones”. En concreto, se planteó una suspensión de tres años, 9.000 euros de multa y aviso de que iría la Ertzaintza si se pretendía usar a otra filial de Euskal Udalekuak, Dorrekoa y no Sarrea, para organizar la colonia.

Siempre según 'El Correo', la juez alega que en lo contencioso-administrativo no se puede tratar sobre los posibles delitos sexuales. “En esta jurisdicción no se va a revisar ninguna otra actuación diferente de la reflejada en hechos probados de la resolución sancionadora”, recalca. Y añade: “La Administración sólo puede sancionar la falta de comunicación previa, no posibles irregularidades en la comunicación con las familias, normas irregulares en las duchas, menosprecios de monitores a los campistas, insuficiente alimentación o posibles delitos contra la libertad sexual de un campista sobre otro”.

Sánchez Ruiz-Tello abunda, en todo caso, que la jurisdicción penal ventila posibles responsabilidades individuales y no de la entidad ahora sancionada. “Ni siquiera, respecto de la más grave de las acusaciones de índole penal, se aprecia indiciaria y presuntivamente, a efectos de ponderar los intereses en presencia, que exista responsabilidad de la asociación”, sostiene. “No puede considerarse que la asociación recurrente constituya un riesgo ni un peligro para los niños y adolescentes que participen en sus campamentos o en otras actividades de tiempo libre que organicen en el futuro”, abunda, según recoge el mismo periódico.

La vía contencioso-administrativa no está cerrada, y caben nuevos recursos ante instancias superiores. Asimismo, sigue en marcha la penal, iniciada en la primavera de 2025, sin activarse hasta después de la edición del pasado verano que acumuló nuevas denuncias de presuntos delitos sexuales y que no ha avanzado en nada en este tiempo. No se ha escuchado ni a víctimas ni a imputados y solamente se han tramitado las personaciones de cuatro entidades ultras, Hazte Oír, Abogados Cristianos, Vox y Manos Limpias. La magistrada responsable es Marta Escudero.


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Por segunda vez en una semana, la magistrada de lo contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Vitoria Rosa Esperanza Sánchez Ruiz-Tello ha tumbado de manera cautelar las medidas impuestas por la Diputación de Álava contra el campamento de Euskal Udalekuak en Bernedo, investigado por otro juzgado de lo penal por denuncias de violencia sexual. Se levanta, ahora ya después de escuchadas las alegaciones forales, la prohibición de la celebración de actividades con menores. Técnicamente, podría celebrarse en 2026 el campamento, aunque por motivos logísticos eso ya no es posible por las fechas en que ha llegado esta resolución. La entidad sí tiene colonias en Navarra.

Fuentes de la Diputación confirman que sí han recibido una resolución desfavorable, pero no se ha hecho público el auto judicial. El diario 'El Correo' sí publica fragmentos y la magistrada desecha en ellos los argumentos forales al entender que acceder a las medidas cautelares sin que haya una resolución sobre el fondo tras el recurso de Euskal Udalekuak, y teniendo en cuenta los hechos denunciados en el otro procedimiento, podrían hacer que si ganaren el pleito los organizadores “no se borrara la impronta en el pensamiento colectivo de que esta asociación no es de fiar porque ha merecido fuertes sanciones”. En concreto, se planteó una suspensión de tres años, 9.000 euros de multa y aviso de que iría la Ertzaintza si se pretendía usar a otra filial de Euskal Udalekuak, Dorrekoa y no Sarrea, para organizar la colonia.

Siempre según 'El Correo', la juez alega que en lo contencioso-administrativo no se puede tratar sobre los posibles delitos sexuales. “En esta jurisdicción no se va a revisar ninguna otra actuación diferente de la reflejada en hechos probados de la resolución sancionadora”, recalca. Y añade: “La Administración sólo puede sancionar la falta de comunicación previa, no posibles irregularidades en la comunicación con las familias, normas irregulares en las duchas, menosprecios de monitores a los campistas, insuficiente alimentación o posibles delitos contra la libertad sexual de un campista sobre otro”.

Sánchez Ruiz-Tello abunda, en todo caso, que la jurisdicción penal ventila posibles responsabilidades individuales y no de la entidad ahora sancionada. “Ni siquiera, respecto de la más grave de las acusaciones de índole penal, se aprecia indiciaria y presuntivamente, a efectos de ponderar los intereses en presencia, que exista responsabilidad de la asociación”, sostiene. “No puede considerarse que la asociación recurrente constituya un riesgo ni un peligro para los niños y adolescentes que participen en sus campamentos o en otras actividades de tiempo libre que organicen en el futuro”, abunda, según recoge el mismo periódico.

La vía contencioso-administrativa no está cerrada, y caben nuevos recursos ante instancias superiores. Asimismo, sigue en marcha la penal, iniciada en la primavera de 2025, sin activarse hasta después de la edición del pasado verano que acumuló nuevas denuncias de presuntos delitos sexuales y que no ha avanzado en nada en este tiempo. No se ha escuchado ni a víctimas ni a imputados y solamente se han tramitado las personaciones de cuatro entidades ultras, Hazte Oír, Abogados Cristianos, Vox y Manos Limpias. La magistrada responsable es Marta Escudero.

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Классификация: Урал. Схожих патентов: 0. Схожих новостей: 10. Тональность: 0. Информативность: 7. Источник: www.eldiario.es.