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Absuelto de agredir sexualmente a su pareja en un piso de Lepe por falta de pruebas físicas

Дата публикации: 23-10-2026 11:24:05

Los forenses que la examinaron no hallaron hematomas en los brazos ni lesiones compatibles con el uso de la fuerza o con la resistencia descrita
Condenado a cárcel por ver cómo apuñalan a un padre y su hijo en Valverde y no hacer nada


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La Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a un hombre acusado de agredir sexualmente a su pareja en un piso de Lepe en febrero de 2022 al considerar que existen dudas razonables sobre cómo ocurrieron los hechos, ya que los informes médicos no detectaron lesiones físicas ni marcas de violencia que respalden la versión de la denunciante.

Los hechos juzgados, según se indica en la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, sucedieron en un piso compartido por varias personas. Según la versión de la mujer, el procesado la forzó a mantener relaciones tras torcerle un brazo, lo que provocó que se desmayara del dolor.

Por su parte, el acusado aseguró en el juicio que el encuentro fue consentido y sostuvo que la denuncia obedecía al interés de la mujer por regularizar su situación en España.

En el fallo, los magistrados explican que, aunque la declaración de la denunciante ha sido constante a lo largo del proceso, no existen pruebas objetivas que la corroboren.

Precisan que los forenses que la examinaron no hallaron hematomas en los brazos ni lesiones compatibles con el uso de la fuerza o con la resistencia descrita; a lo que suman la declaración de una compañera de piso que se encontraba en la vivienda a la hora de los hechos que afirmó que no escuchó gritos ni peticiones de auxilio, a pesar de que la casa era pequeña y las habitaciones estaban muy próximas entre sí.

La Audiencia recuerda que para dictar una condena penal es necesario contar con una certeza más allá de toda duda razonable.

Al no haber evidencias físicas de violencia ni testimonios que corroboren la agresión, la Sala concluye que debe prevalecer el principio de presunción de inocencia, por lo que absuelve al acusado del delito de agresión sexual del que venía siendo juzgado y por el que la Fiscalía solicitaba 11 años de cárcel.

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