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Las administraciones no se aclaran con las bajas temerarias: ¿O sí? El caso del 30% de València

Дата публикации: 18-09-2026 21:01:16

La Ley de Contratos del Sector Público prima la oferta económica, pero deja en manos del criterio de las mesas de contratación aceptar o no las “presunciones de temeridad”: el Ayuntamiento de València desechó las alegaciones a una rebaja en el supercontrato del alcantarillado, mientras otras administraciones aceptan bajadas del 40, 50 o 60%Polémica en el supercontrato del alcantarillado de Valencia al apartar a la mejor oferta técnica por baja “anormal”
Los millonarios contratos públicos de gestión del agua de las ciudades, residuos o alcantarillado suelen estar muy competidos porque España tiene compañías muy potentes y con mucha experiencia en estos servicios. Alguna, incluso, con más de cien años de historia. Las administraciones ofrecen importantes presupuestos y adjudicaciones superiores a quince años, lo que las convierte en proyectos más que apetecibles y por los que las empresas se emplean a fondo para conseguirlos. Incluso haciendo bajadas desorbitadas sobre los precios de licitación que la Ley de Contratos del Sector Público cuestiona.

Pero ¿cuándo se considera una baja temeraria? ¿Cuándo es legítima? ¿Qué porcentaje debe superar para descabalgar a una compañía que asegura ofrecer un servicio de forma más eficiente? ¿Esas bajadas perjudican a los trabajadores y trabajadoras de la contrata? La Ley de Contratos del Sector Público prioriza la oferta económica, pero deja en manos de la mesa de contratación el estudio y la exclusión de rebajas “anormalmente bajas” cuando no cumplan las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral.

El artículo 149 de esa norma define qué debe acreditar la empresa que ha incurrido en estas bajadas. A saber: el ahorro que permita el procedimiento de fabricación, los servicios prestados o el método de construcción; las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para suministrar los productos, prestar los servicios o ejecutar las obras; la innovación y originalidad de las soluciones propuestas para suministrar los productos, prestar los servicios o ejecutar las obras; y el respeto de las obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral, y de subcontratación, “no siendo justificables precios por debajo de mercado”.

Y son esas subjetividades que deben ser atendidas por la mesa de contratación las que tienen soliviantadas a las empresas del sector, que compiten a cara de perro por estos contratos millonarios. Porque convencer o no a los técnicos puede suponer quedarse fuera del concurso o conseguir el argumento definitivo para ganarlo. Y es que, en algunos casos, se tumban los argumentos de bajadas del 25% o del 30%, pero se aprueban otras del 50% o hasta del 60%. Y cuando no existe transparencia, a favor o en contra, es cuando las suspicacias empiezan a rodear las adjudicaciones que, incluso, pueden acabar en los juzgados.

Eso es lo que ha pasado en el Ayuntamiento de València este año, en el supercontrato del alcantarillado. El órgano de contratación municipal dejó fuera a la UTE formada por Global Omnium, Grupo Bertolín e ISG al considerar “anormal” su oferta económica, un 30% por debajo de la media de las propuestas. Esta oferta había obtenido la mejor calificación técnica, pero quedó descartada al considerar que la UTE no acreditó suficientemente la viabilidad de su oferta al precio propuesto, que suponía el 47% de la valoración del contrato. Finalmente, fue la UTE liderada por Acciona Agua, junto a Becsa y Ciclagua, la que se hizo con el contrato, valorado en 293 millones de euros para un periodo de 15 años.

Pero otras veces las mesas de contratación pueden aceptar los argumentos de las contratas, como ha pasado esta semana en el Área Metropolitana de Barcelona. La comisión informativa sí ha aceptado los argumentos de Veolia, que presentó una bajada del 60% en el precio de las inversiones que la había colocado en una “presunción de temeridad”. En este caso, el órgano de contratación sí consideró “razonada” y “suficiente” la explicación de la compañía con sede en Barcelona y, con toda seguridad, le será adjudicado el contrato el próximo 29 de septiembre.

Un aviso a navegantes. Justo en estos momentos, la Generalitat Valenciana tiene encima de la mesa el contrato del año para la limpieza de sus edificios públicos: 211 millones de euros en distintos lotes. De las 30 empresas que se han presentado, 11 están siendo requeridas por bajas temerarias. Y están todas las más fuertes del sector, que aspiran a todos los lotes y tendrán que explicar sus bajadas: Actúa, Clanser, Iman Cleaning, Limpiezas Alarcón, Limpiezas Gredos, OHL Servicios-Ingesan, Orthem Servicios, Serveo Servicios y Fusaval-Minusval. Las firmas Servicios Auxiliares de Mantenimiento e Ilunion Limpieza, que no están en todas las adjudicaciones, también están en proceso de revisión. Los competidores ya afilan sus cuchillos.

Urge a las administraciones explicar, y muy bien, los argumentos para aceptar o rechazar una baja temeraria.


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Los millonarios contratos públicos de gestión del agua de las ciudades, residuos o alcantarillado suelen estar muy competidos porque España tiene compañías muy potentes y con mucha experiencia en estos servicios. Alguna, incluso, con más de cien años de historia. Las administraciones ofrecen importantes presupuestos y adjudicaciones superiores a quince años, lo que las convierte en proyectos más que apetecibles y por los que las empresas se emplean a fondo para conseguirlos. Incluso haciendo bajadas desorbitadas sobre los precios de licitación que la Ley de Contratos del Sector Público cuestiona.

Pero ¿cuándo se considera una baja temeraria? ¿Cuándo es legítima? ¿Qué porcentaje debe superar para descabalgar a una compañía que asegura ofrecer un servicio de forma más eficiente? ¿Esas bajadas perjudican a los trabajadores y trabajadoras de la contrata? La Ley de Contratos del Sector Público prioriza la oferta económica, pero deja en manos de la mesa de contratación el estudio y la exclusión de rebajas “anormalmente bajas” cuando no cumplan las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral.

El artículo 149 de esa norma define qué debe acreditar la empresa que ha incurrido en estas bajadas. A saber: el ahorro que permita el procedimiento de fabricación, los servicios prestados o el método de construcción; las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para suministrar los productos, prestar los servicios o ejecutar las obras; la innovación y originalidad de las soluciones propuestas para suministrar los productos, prestar los servicios o ejecutar las obras; y el respeto de las obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral, y de subcontratación, “no siendo justificables precios por debajo de mercado”.

Y son esas subjetividades que deben ser atendidas por la mesa de contratación las que tienen soliviantadas a las empresas del sector, que compiten a cara de perro por estos contratos millonarios. Porque convencer o no a los técnicos puede suponer quedarse fuera del concurso o conseguir el argumento definitivo para ganarlo. Y es que, en algunos casos, se tumban los argumentos de bajadas del 25% o del 30%, pero se aprueban otras del 50% o hasta del 60%. Y cuando no existe transparencia, a favor o en contra, es cuando las suspicacias empiezan a rodear las adjudicaciones que, incluso, pueden acabar en los juzgados.

Eso es lo que ha pasado en el Ayuntamiento de València este año, en el supercontrato del alcantarillado. El órgano de contratación municipal dejó fuera a la UTE formada por Global Omnium, Grupo Bertolín e ISG al considerar “anormal” su oferta económica, un 30% por debajo de la media de las propuestas. Esta oferta había obtenido la mejor calificación técnica, pero quedó descartada al considerar que la UTE no acreditó suficientemente la viabilidad de su oferta al precio propuesto, que suponía el 47% de la valoración del contrato. Finalmente, fue la UTE liderada por Acciona Agua, junto a Becsa y Ciclagua, la que se hizo con el contrato, valorado en 293 millones de euros para un periodo de 15 años.

Pero otras veces las mesas de contratación pueden aceptar los argumentos de las contratas, como ha pasado esta semana en el Área Metropolitana de Barcelona. La comisión informativa sí ha aceptado los argumentos de Veolia, que presentó una bajada del 60% en el precio de las inversiones que la había colocado en una “presunción de temeridad”. En este caso, el órgano de contratación sí consideró “razonada” y “suficiente” la explicación de la compañía con sede en Barcelona y, con toda seguridad, le será adjudicado el contrato el próximo 29 de septiembre.

Un aviso a navegantes. Justo en estos momentos, la Generalitat Valenciana tiene encima de la mesa el contrato del año para la limpieza de sus edificios públicos: 211 millones de euros en distintos lotes. De las 30 empresas que se han presentado, 11 están siendo requeridas por bajas temerarias. Y están todas las más fuertes del sector, que aspiran a todos los lotes y tendrán que explicar sus bajadas: Actúa, Clanser, Iman Cleaning, Limpiezas Alarcón, Limpiezas Gredos, OHL Servicios-Ingesan, Orthem Servicios, Serveo Servicios y Fusaval-Minusval. Las firmas Servicios Auxiliares de Mantenimiento e Ilunion Limpieza, que no están en todas las adjudicaciones, también están en proceso de revisión. Los competidores ya afilan sus cuchillos.

Urge a las administraciones explicar, y muy bien, los argumentos para aceptar o rechazar una baja temeraria.

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