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La Audiencia de Navarra condena a casi dos años de cárcel a un hombre por maltrato a su esposa y sus dos hijos

Дата публикации: 17-07-2026 09:50:38

En la sentencia se considera "probado" el maltrato "físico y psíquico" del hombre hacia su familia, cuya "agresividad" hacia sus hijos llevó a la mujer "a una situación extrema" de "intento autolítico"
La Audiencia de Navarra condena ha condenado a 22 meses de prisión a un hombre de 59 años, natural de Pamplona, por maltrato físico y psíquico a su esposa y sus dos hijos. Según recoge la sentencia, que ha sido dictada de conformidad entre las partes, el procesado tampoco podrá comunicarse ni acercarse a su mujer, de la que está en trámites de separación, ni a sus hijos a menos de 300 metros durante cuatro años.

El condenado, de “carácter voluble y agresivo”, según se recoge en la sentencia, se dirigía habitualmente hacia su esposa, con la que llevaba conviviendo más de 20 años, con expresiones insultantes y vejatorias. Un comportamiento que se fue agravando con el tiempo y que sumió a la mujer “en una situación de miedo y angustia, temiendo la misma cualquier reacción de su esposo ante cualquier cosa que hiciera que le pudiera molestar”.

Un trato que según la resolución judicial también sufrían los dos hijos que tienen en común. Su hija era insultada, recibía empujones, alguna bofetada e, incluso, llegó a cogerla del cuello. A su hijo también le abofeteó en alguna ocasión por las notas. “Esta agresividad del encausado, que también se dirigía contra sus hijos en forma de gritos, reproches y empujones o golpes”, llevó a la esposa en enero de 2023 “a una situación extrema”, que dio lugar a un intento autolítico por parte de la mujer, según se recoge en la sentencia.

A finales de junio de 2023, cuando la madre fue dada de alta y regresó al domicilio familiar, se inició una nueva discusión, en la que el procesado volvió a insultarla. La hija avisó a la Guardia Civil. Desde ese día, el inculpado abandonó la vivienda y los trámites de separación siguieron adelante.

Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de violencia física y psíquica habitual en el ámbito de la violencia de género y doméstica. La Sección Segunda de la Audiencia, con la anuencia de las acusaciones y la defensa, ha acordado la suspensión durante 2 años de la pena impuesta a condición de que el condenado realice cuantos actos sean precisos para hacer frente a la responsabilidad civil, cumpla con las prohibiciones de acercamiento y comunicación y participe en un programa formativo de igualdad de trato y no discriminación.


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La Audiencia de Navarra condena ha condenado a 22 meses de prisión a un hombre de 59 años, natural de Pamplona, por maltrato físico y psíquico a su esposa y sus dos hijos. Según recoge la sentencia, que ha sido dictada de conformidad entre las partes, el procesado tampoco podrá comunicarse ni acercarse a su mujer, de la que está en trámites de separación, ni a sus hijos a menos de 300 metros durante cuatro años.

El condenado, de “carácter voluble y agresivo”, según se recoge en la sentencia, se dirigía habitualmente hacia su esposa, con la que llevaba conviviendo más de 20 años, con expresiones insultantes y vejatorias. Un comportamiento que se fue agravando con el tiempo y que sumió a la mujer “en una situación de miedo y angustia, temiendo la misma cualquier reacción de su esposo ante cualquier cosa que hiciera que le pudiera molestar”.

Un trato que según la resolución judicial también sufrían los dos hijos que tienen en común. Su hija era insultada, recibía empujones, alguna bofetada e, incluso, llegó a cogerla del cuello. A su hijo también le abofeteó en alguna ocasión por las notas. “Esta agresividad del encausado, que también se dirigía contra sus hijos en forma de gritos, reproches y empujones o golpes”, llevó a la esposa en enero de 2023 “a una situación extrema”, que dio lugar a un intento autolítico por parte de la mujer, según se recoge en la sentencia.

A finales de junio de 2023, cuando la madre fue dada de alta y regresó al domicilio familiar, se inició una nueva discusión, en la que el procesado volvió a insultarla. La hija avisó a la Guardia Civil. Desde ese día, el inculpado abandonó la vivienda y los trámites de separación siguieron adelante.

Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de violencia física y psíquica habitual en el ámbito de la violencia de género y doméstica. La Sección Segunda de la Audiencia, con la anuencia de las acusaciones y la defensa, ha acordado la suspensión durante 2 años de la pena impuesta a condición de que el condenado realice cuantos actos sean precisos para hacer frente a la responsabilidad civil, cumpla con las prohibiciones de acercamiento y comunicación y participe en un programa formativo de igualdad de trato y no discriminación.

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