Вход на сайт

Просмотр новости

Найдите то, что Вас интересует

Extracto de la Resolución de 17 de julio de 2026, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se realiza la primera convocatoria del programa de proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética (INNOVAE).

Дата публикации: 21-07-2026 22:00:00

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico - Publicado el 22/07/2026 - Referencia: BOE-B-2026-24901

Основное содержимое страницы с новостью.

BDNS(Identif.):920153

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/920153)

Primero. Beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarios en esta convocatoria, en función de la actuación subvencional, conforme queda recogido en el Anexo 1 de las bases reguladoras, los siguientes sujetos:

a) Proyectos singulares en movilidad sostenible:

- Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa).

- Personas físicas con actividad económica, dadas de alta en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

- Consorcios y agrupaciones empresariales con personalidad jurídica propia.

- Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo, con personalidad jurídica propia.

- El Sector Público a que se refiere el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.

b) Proyectos singulares en el sector industrial:

- Empresas del sector industrial, cuyo CNAE 2025 se encuentre dentro de los que se relacionan en el apartado b del anexo 1.3) de las Bases reguladoras.

- Empresas de servicios energéticos.

c) Proyectos singulares para la renovación en profundidad de edificios existentes del sector terciario para ser edificios cero emisiones.

- Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa).

- Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo, con personalidad jurídica propia.

- El Sector Público a que se refiere el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.

- Las Empresas de Servicios Energéticos.

- Las Comunidades de Propietarios o las agrupaciones de Comunidades de Propietarios de edificios.

- Entidades con fines de interés general y carentes de ánimo de lucro, del Tercer Sector, asociaciones y fundaciones.

d) Proyectos singulares de sustitución de generadores de frio.

- Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa).

- Personas físicas que desarrollen actividades económicas.

- Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo, con personalidad jurídica propia.

- Consorcios y agrupaciones empresariales con personalidad jurídica propia.

- El Sector Público a que se refiere el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen - jurídico del sector público.

- Empresas de Servicios Energéticos.

Segundo. Finalidad:

Las ayudas que se concedan mediante esta convocatoria tendrán como finalidad contribuir al cumplimiento del objetivo nacional de reducción del consumo de energía final, para el periodo 2021-2030, que fija el artículo 8 de la Directiva (UE) 2023/1791, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2023 relativa a la eficiencia energética, promoviendo proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética, que consigan una reducción del consumo de energía final, en los sectores consumidores de energía.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden TED/569/2026, de 4 de junio, publicada en el BOE nº 138 del 6 de junio de 2026, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de incentivos a proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética (Programa Innovae).

Cuarto. Presupuesto y financiación de la convocatoria:

Las subvenciones previstas en esta convocatoria se financiarán con cargo al presupuesto del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, con una dotación presupuestaria máxima inicial de 115.000.000 euros.

El presupuesto se destinará a los siguientes subprogramas:

    a) Proyectos singulares en movilidad sostenible: 30.000.000 euros.

    b) Proyectos singulares en el sector industrial: 30.000.000 euros. 

    c) Proyectos singulares para la renovación en profundidad de edificios existentes del sector terciario para ser edificios cero emisiones: 30.000.000 euros.

    d) Proyectos singulares de sustitución de generadores de frio: 25.000.000 euros.

Si tras la valoración de las solicitudes no se agotara el presupuesto de alguno de los subprogramas anteriores, se podrá asignar proporcionalmente a cubrir la demanda del resto de subprogramas, según orden de la lista de reserva que se generará conforme recogido en el artículo 24 de las bases reguladoras.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria y su documentación podrán presentarse desde las 9:00 horas de 15 de septiembre de 2026 hasta las 12:00 horas del 18 de noviembre de 2026.

Sexto. Otros datos:

1. La presentación de solicitudes se realizará por vía electrónica, conforme se establece en el artículo 19 de las bases reguladoras, a través de la sede electrónica del IDAE (https://sede.idae.gob.es/).

2. Las intensidades de ayuda máxima atenderán a lo dispuesto en el artículo 12 de las bases reguladoras, serán las que se establecen en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.

3. A efectos de dar cumplimiento al artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio, relativo al efecto incentivador de las ayudas, sólo serán elegibles los proyectos o actuaciones cuya ejecución se inicie en fecha posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.

4. Las ayudas reguladas en esta convocatoria, conforme se ha recogido en el artículo 8 de las bases reguladoras, se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva,  como subvención a fondo perdido, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, que rigen en la gestión de ayudas y subvenciones públicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.3 y 22.1 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

5. No se requiere la obligación de constitución de garantías de participación en el presente programa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de las bases reguladoras.

6. El IDAE, podrá conceder anticipos como máximo del 80 % del importe de la ayuda total, previa aportación de garantía, de acuerdo con las condiciones establecidas en el artículo 14 y 15 de las bases reguladoras, así como el artículo 34 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y los artículos 42 y siguientes de su reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

7. El plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda será el indicado en el anexo 2 de las bases reguladoras, tal como se indica a continuación, en función de la tipología de actuación:

    a. Proyectos singulares en movilidad sostenible: de 18 meses.

    b. Proyectos singulares en el sector industrial: 24 meses.

    c. Proyectos singulares para la renovación en profundidad de edificios existentes del sector terciario para ser edificios cero emisiones: 24 meses según fecha del certificado final de obra firmado por técnico competente.

    d. Proyectos Singulares de sustitución de generadores de frio: 18 meses.

8. El plazo máximo de justificación de la actuación será de tres meses, contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo otorgado para la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda.

Madrid, 17 de julio de 2026.- El Secretario de Estado de Energía y Presidente del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, Joan Groizard Payeras.

Схожие новости

#Наименование новостиТональностьИнформативностьДата публикации
1Orden TED/569/2026, de 4 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de incentivos a proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética (Programa Innovae).014.0705-06-2026
2Extracto de la Resolución de 11 de junio de 2026 de la Dirección General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se aprueba el procedimiento de concesión directa de ayudas a proyectos de I+D seleccionados en la convocatoria internacional del Programa Estratégico Corea España en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027.08.0715-06-2026
3Resolución de 2 de julio de 2026, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se actualizan los valores de la retribución a la operación correspondientes al tercer trimestre natural del año 2026 de las instalaciones tipo de generación de energía eléctrica cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible.010.203-07-2026
4Extracto de la Resolución de 12 de junio de 2026 de la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial, por la que se modifica la convocatoria de concesión de ayudas a proyectos de producción de baterías y pilas de combustible de hidrógeno del vehículo eléctrico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2026, para ampliar la cuantía fijada en la convocatoria.08.0815-06-2026
5Extracto de la Resolución de 26 de mayo de 2026 de la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial, Entidad Pública Empresarial, por la que se modifica la convocatoria de concesión de ayudas a proyectos de producción de baterías y pilas de combustible de hidrógeno del vehículo eléctrico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2026, para ampliar la cuantía fijada en la convocatoria.08.0827-05-2026
6Orden TED/672/2026, de 2 de julio, por la que se regula el procedimiento de asignación del régimen retributivo específico en las convocatorias para instalaciones de cogeneración de alta eficiencia convocadas al amparo del Real Decreto 530/2026, de 24 de junio, por el que se establece el marco de las convocatorias para el otorgamiento del régimen retributivo específico a instalaciones de cogeneración, y se aprueban sus parámetros retributivos.08.4503-07-2026
7Resolución de 9 de julio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.010.9719-07-2026
8Resolución de 9 de julio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, del butano comercial envasado en envases de carga igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg, excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante.010.9719-07-2026
9Real Decreto 469/2026, de 10 de junio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación IMEC Spain para la realización de un proyecto de investigación y desarrollo destinado a impulsar el sector estratégico de la microelectrónica y los semiconductores en España, programa «UNICO I+D-IMEC Spain», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.0511-06-2026
10Extracto de modificación del Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante el desarrollo de productos y servicios tecnológicos para espacios de datos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU0510-06-2026

Классификация: . Схожих патентов: 0. Схожих новостей: 10. Тональность: 0. Информативность: 8.99. Источник: www.boe.es.