Вход на сайт

Просмотр новости

Найдите то, что Вас интересует

Los argumentos del Supremo para no suspender la regularización: "Subyace un interés público con un sustrato humano"

Дата публикации: 10-07-2026 13:20:29

Los magistrados recuerdan que los efectos de la regularización no son irreversibles y apuntan que suspenderla afectaría a todas las personas solicitantes porque "les determinaría a seguir en la situación de irregularidad administrativa"El Tribunal Supremo rechaza llevar la regularización extraordinaria de migrantes ante la Justicia europea
El Tribunal Supremo argumentó que debe prevalecer el “interés público” de la regularización de personas migrantes para rechazar la suspensión de forma cautelar del real decreto, como pedían los gobiernos del PP de Aragón y la Comunitat Valenciana. En el auto en el que el Supremo decidió que no es necesario en este momento consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los magistrados también sostuvieron que la regularización no puede provocar efectos irreversibles porque son permisos de residencia temporales, entre otras cuestiones.

“En el real decreto impugnado subyace un interés público especialmente cualificado, no solo por perseguir un interés público notorio sino por incidir este interés público directa, íntima y cualificadamente en un sustrato humano que trasciende a la mera consideración económica”, apuntan los magistrados del Supremo en el auto, al que ha tenido acceso elDiario.es.

El Supremo también apunta que, en caso de suspender la norma de forma cautelar, afectaría a todas las personas solicitantes porque “les determinaría a seguir en la situación de irregularidad administrativa”. Y todo ello pese a que “las situaciones jurídicas creadas al amparo de la norma” no son irreversibles.

Además, los magistrados afirman que no existen evidencias claras de nulidad que justifiquen detener la normativa antes de analizar el fondo del asunto. “Resolver sobre la medida cautelar que se solicita sobre esta base supondría anticipar absolutamente el debate de fondo que se plantea en el recurso en un momento y ámbito procesalmente improcedente”, escriben.

El documento está firmado por los siete magistrados, sin votos discrepantes: Carlos Lesmes, Wenceslao Francisco Olea, Fernando Román, Jose Luis Quesada, Consuelo Uris, Concepción García Vicario y Francisco Javier Pueyo. La decisión conocida el pasado 30 de junio de valorar si se elevaba el asunto a la Justicia europea la adoptaron sólo tres de los siete citados (Lesmes, Olea y Román).


Основное содержимое страницы с новостью.

El Tribunal Supremo argumentó que debe prevalecer el “interés público” de la regularización de personas migrantes para rechazar la suspensión de forma cautelar del real decreto, como pedían los gobiernos del PP de Aragón y la Comunitat Valenciana. En el auto en el que el Supremo decidió que no es necesario en este momento consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los magistrados también sostuvieron que la regularización no puede provocar efectos irreversibles porque son permisos de residencia temporales, entre otras cuestiones.

“En el real decreto impugnado subyace un interés público especialmente cualificado, no solo por perseguir un interés público notorio sino por incidir este interés público directa, íntima y cualificadamente en un sustrato humano que trasciende a la mera consideración económica”, apuntan los magistrados del Supremo en el auto, al que ha tenido acceso elDiario.es.

El Supremo también apunta que, en caso de suspender la norma de forma cautelar, afectaría a todas las personas solicitantes porque “les determinaría a seguir en la situación de irregularidad administrativa”. Y todo ello pese a que “las situaciones jurídicas creadas al amparo de la norma” no son irreversibles.

Además, los magistrados afirman que no existen evidencias claras de nulidad que justifiquen detener la normativa antes de analizar el fondo del asunto. “Resolver sobre la medida cautelar que se solicita sobre esta base supondría anticipar absolutamente el debate de fondo que se plantea en el recurso en un momento y ámbito procesalmente improcedente”, escriben.

El documento está firmado por los siete magistrados, sin votos discrepantes: Carlos Lesmes, Wenceslao Francisco Olea, Fernando Román, Jose Luis Quesada, Consuelo Uris, Concepción García Vicario y Francisco Javier Pueyo. La decisión conocida el pasado 30 de junio de valorar si se elevaba el asunto a la Justicia europea la adoptaron sólo tres de los siete citados (Lesmes, Olea y Román).

Схожие новости

#Наименование новостиТональностьИнформативностьДата публикации
1El Supremo rechaza por ahora elevar a la justicia europea la regularización extraordinaria de migrantes0508-07-2026
2Andalucía termina la regularización extraordinaria con más de 160.000 solicitudes pese a las barreras del proceso0702-07-2026
3Ya estamos todos0530-06-2026
4Migrantes, sospechosos habituales0530-06-2026
5Un millón de razones (para repensar la política migratoria)0701-07-2026
6La Abogacía del Estado se opone a que el Supremo pregunte a Europa por la regularización de inmigrantes0503-07-2026
7La regularización de migrantes se cierra en Canarias con más de 37.500 solicitudes0502-07-2026
8La regularización de migrantes supera el millón de solicitudes y más de la mitad ya están en trámite0702-07-2026
9El Supremo deja en papel mojado decenas de negativas del Gobierno al registro de pisos turísticos0709-07-2026
10El Supremo rechaza hacer fija a la interina cuyo caso llegó al TJUE porque no aprobó una oposición0710-07-2026

Классификация: Международные. Схожих патентов: 0. Схожих новостей: 10. Тональность: 0. Информативность: 7. Источник: www.eldiario.es.