El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un real decreto-ley que desbloquea miles de jubilaciones parciales paralizadas en el sector público. La clave de la medida, que podría beneficiar a unos 700.000 empleados de carácter laboral, es la autorización de contratos temporales de sustitución para el personal relevista. Este cambio normativo ha sido analizado en el programa 'La Linterna' por el comunicador Ángel Expósito y el periodista económico Iván Alonso, quienes han explicado cómo la norma pone fin al embudo administrativo generado desde abril de 2025.La reforma general de las pensiones de la Seguridad Social exigía que el trabajador relevista contara obligatoriamente con un contrato indefinido y a tiempo completo. Como explica el economista Alejandro Macarrón sobre la necesidad de elevar la edad de jubilación, en el sector público esta condición resultaba inviable a corto plazo, ya que crear una plaza fija requiere convocar una Oferta de Empleo Público (OEP) sujeta a procesos largos y rígidos. Al no coincidir los tiempos, miles de solicitudes de jubilación parcial quedaron congeladas.Para conciliar las reglas de acceso al empleo público con el derecho al retiro gradual, la nueva normativa fija un orden de actuación. Las administraciones deben recurrir de forma preferente a plazas de relevistas fijos ya presupuestadas en sus ofertas de empleo. De hecho, la OEP estatal de 2026 ya incluye 854 plazas específicas para este fin.Si los plazos de la OEP no coinciden con la solicitud de retiro, se autoriza legalmente la contratación de interinos o personal laboral temporal a tiempo completo. El Gobierno ha destacado que "se permite contratar a trabajadores temporales para sustituir al personal en el sector público". Este contrato temporal finalizará cuando se formalice la plaza fija o al término del segundo año tras la jubilación completa del empleado sustituido, una situación que afecta a diversos colectivos, como los conductores profesionales y camioneros.Los empleados públicos que deseen acogerse a esta fórmula de jubilación anticipada deberán acreditar un mínimo de 6 años de servicio ininterrumpido en la misma administración y disponer de al menos 33 años cotizados a la Seguridad Social (25 años en casos de discapacidad). La reducción de jornada se situará entre un 25% y un 75%. Para aquellos que quieran posponer su retiro, la Seguridad Social premia con hasta 8.500 euros el retraso de un año en la jubilación.Las distintas administraciones públicas dispondrán hasta el año 2027 para adaptar progresivamente sus plantillas a este nuevo marco. Aunque los sindicatos mayoritarios como CSIF, CCOO y UGT han celebrado el avance, ya han anunciado que continuarán presionando para que este derecho se extienda formalmente al personal funcionario y estatutario de carrera, colectivos que quedaron excluidos de esta modalidad tras los recortes del año 2012.
El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un real decreto-ley que desbloquea miles de jubilaciones parciales paralizadas en el sector público. La clave de la medida, que podría beneficiar a unos 700.000 empleados de carácter laboral, es la autorización de contratos temporales de sustitución para el personal relevista. Este cambio normativo ha sido analizado en el programa 'La Linterna' por el comunicador Ángel Expósito y el periodista económico Iván Alonso, quienes han explicado cómo la norma pone fin al embudo administrativo generado desde abril de 2025.
La reforma general de las pensiones de la Seguridad Social exigía que el trabajador relevista contara obligatoriamente con un contrato indefinido y a tiempo completo. Como explica el economista Alejandro Macarrón sobre la necesidad de elevar la edad de jubilación, en el sector público esta condición resultaba inviable a corto plazo, ya que crear una plaza fija requiere convocar una Oferta de Empleo Público (OEP) sujeta a procesos largos y rígidos. Al no coincidir los tiempos, miles de solicitudes de jubilación parcial quedaron congeladas.
Se permite contratar a trabajadores temporales para sustituir al personal en el sector público"

GOBIERNO DE ARAGÃN
Una trabajadora de la Administración autonómica
Para conciliar las reglas de acceso al empleo público con el derecho al retiro gradual, la nueva normativa fija un orden de actuación. Las administraciones deben recurrir de forma preferente a plazas de relevistas fijos ya presupuestadas en sus ofertas de empleo. De hecho, la OEP estatal de 2026 ya incluye 854 plazas específicas para este fin.
Si los plazos de la OEP no coinciden con la solicitud de retiro, se autoriza legalmente la contratación de interinos o personal laboral temporal a tiempo completo. El Gobierno ha destacado que "se permite contratar a trabajadores temporales para sustituir al personal en el sector público". Este contrato temporal finalizará cuando se formalice la plaza fija o al término del segundo año tras la jubilación completa del empleado sustituido, una situación que afecta a diversos colectivos, como los conductores profesionales y camioneros.

Un puesto de trabajo en la administración pública
Los empleados públicos que deseen acogerse a esta fórmula de jubilación anticipada deberán acreditar un mínimo de 6 años de servicio ininterrumpido en la misma administración y disponer de al menos 33 años cotizados a la Seguridad Social (25 años en casos de discapacidad). La reducción de jornada se situará entre un 25% y un 75%. Para aquellos que quieran posponer su retiro, la Seguridad Social premia con hasta 8.500 euros el retraso de un año en la jubilación.
Las distintas administraciones públicas dispondrán hasta el año 2027 para adaptar progresivamente sus plantillas a este nuevo marco. Aunque los sindicatos mayoritarios como CSIF, CCOO y UGT han celebrado el avance, ya han anunciado que continuarán presionando para que este derecho se extienda formalmente al personal funcionario y estatutario de carrera, colectivos que quedaron excluidos de esta modalidad tras los recortes del año 2012.
Este texto ha sido elaborado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.