En el día a día laboral, los conflictos no siempre surgen por el salario o la jornada. En muchos casos tienen que ver con normas internas y protocolos de funcionamiento que las empresas implantan. Especialmente en determinados sectores, es habitual establecer controles a la salida del centro de trabajo con el objetivo de evitar pérdidas o posibles irregularidades.
En el día a día laboral, los conflictos no siempre surgen por el salario o la jornada. En muchos casos tienen que ver con normas internas y protocolos de funcionamiento que las empresas implantan. Especialmente en determinados sectores, es habitual establecer controles a la salida del centro de trabajo con el objetivo de evitar pérdidas o posibles irregularidades.
Imagen de archivo de un trabajador del sector metalúrgico soldandoPexelsLo cierto es que este tipo de medidas pueden generar tensiones cuando el trabajador considera que afectan a su esfera personal, pues además se podría considerar que se duda de su buena fe y crear un mal ambiente. Sin embargo, la facultad de dirección y vigilancia forma parte de las competencias reconocidas al empresario dentro de la relación laboral. Por tanto, en todo caso el límite se sitúa en que esos controles estén justificados, sean proporcionales y respeten la dignidad del empleado.
Precisamente sobre esta cuestión se ha pronunciado recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), al declarar procedente el despido disciplinario de un trabajador que se negó a enseñar su mochila al finalizar la jornada. La empresa había implantado revisiones internas a la salida ante sospechas de posibles sustracciones y el empleado rechazó someterse al control cuando se le requirió.
El tribunal considera probado que se trataba de un control puntual, motivado por esas sospechas y con una finalidad legítima. Los magistrados señalan que la medida estaba amparada por el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, que permite a la empresa realizar registros sobre la persona del trabajador y sus efectos particulares cuando sea necesario para proteger el patrimonio empresarial, siempre que se respeten determinadas garantías.
La sentencia destaca que los controles solo afectaban a quienes portaban bolsas o mochilas, que se realizaban de forma mínimamente invasiva y con presencia de representantes de los trabajadores. Bajo esas circunstancias, los jueces concluyen que la negativa injustificada del empleado a colaborar supuso un incumplimiento grave que justificó el despido disciplinario.
Imagen de archivo de la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda DíazFernando Villar / EFEEso sí, el fallo no implica que cualquier revisión pueda justificar un despido automático, siempre deben respetarse siempre los límites legales y analizarse cada caso concreto para ser más concretos. No obstante, la sentencia deja claro que negarse sin causa a cumplir un control interno legítimo puede tener consecuencias disciplinarias, incluida la extinción del contrato.