La crisis de vivienda en España ya ha explotado. Con el desahucio y el posterior fallecimiento de Maricarmen, la anciana de 87 años que se ha convertido en el símbolo de la lucha por una vivienda digna, desde hace casi tres semanas, miles de personas acampan en las principales plazas de ciudades españolas para conseguir mejoras en el ámbito de la vivienda.
La crisis de vivienda en España ya ha explotado. Con el desahucio y el posterior fallecimiento de Maricarmen, la anciana de 87 años que se ha convertido en el símbolo de la lucha por una vivienda digna, desde hace casi tres semanas, miles de personas acampan en las principales plazas de ciudades españolas para conseguir mejoras en el ámbito de la vivienda.
La tensión y la situación insostenible del parque de vivienda en España obligaron a redactar in extremis dos decretos de vivienda. Con la negativa de PP, VOX y Junts con 178 votos en contra frente a 172 a favor, el Ejecutivo decidió disolver las Cortes y convocar elecciones el próximo 29 de noviembre.
No sin antes redactar un nuevo Real Decreto-ley 29/2026, el 6 de octubre, que ya ha sido aprobado por el Consejo de Ministros y ha entrado en vigor en el BOE desde el 8 de octubre. La medida recupera gran parte del contenido del anterior paquete de vivienda que fue rechazado por el Congreso.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, comparece en rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros, este martes en el Palacio de la MoncloaJavier Lizon / EFEEntre los no negociables, el Gobierno no permitirá que los gastos de la inmobiliaria se carguen al inquilino. La reforma refuerza la prohibición de trasladar al arrendatario los gastos de gestión inmobiliaria que se derivan de la formación del alquiler, como también los impuestos de vivienda.
En la práctica, estos gastos incluyen:
Captura de video de la comparecencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, este lunes en el Palacio de la MoncloaEFEAunque que las inmobiliarias no podían cobrar gastos de gestión ya estaba registrado en la ley, la nueva normativa redacta explícitamente que estos gastos no pueden repercutirse al arrendatario "ni directa, ni indirectamente, bajo ningún concepto o denominación".