La medida fiscal aplicable en el IRPF de este año incluirá la compra de instrumentos y partituras y las cuotas y tasas de conservatorios y escuelas de música, entre otras, y permitirá deducir hasta 150 euros en la campaña de la Renta 2025
07/03/2026 Actualizado a las 07:44h.
La Generalitat Valenciana ha anunciado la incorporación de la formación y práctica musical en su catálogo de deducciones autonómicas del IRPF, que se podrá aplicar ya en la Campaña de la Renta 2025, que es la que se presenta en el año 2026. Esta iniciativa, enmarcada en la tercera fase de la reforma fiscal del Consell, busca reconocer el peso social de la música en el territorio y aliviar la carga económica de las familias vinculadas a esta actividad, y afecta a los 5'5 millones de habitantes de la Comunitat Valenciana.
Procedimiento técnico y beneficiariosLa nueva deducción permitirá a los contribuyentes desgravar hasta 150 euros en el tramo autonómico del impuesto. Según los datos técnicos facilitados por la Administración, la medida tendrá carácter retroactivo para la campaña de la Renta de 2025, que se inicia el próximo 8 de abril.
Para acceder a este beneficio fiscal, se han establecido los siguientes límites de renta según la base liquidable:
- Tributación individual: Hasta 60.000 euros anuales.
- Tributación conjunta: Hasta 78.000 euros anuales.
Con la ampliación de estos umbrales —que anteriormente se situaban en los 32.000 y 48.000 euros respectivamente— se estima que 300.000 nuevos valencianos podrán beneficiarse de las deducciones por actividades cotidianas, incluyendo ahora la vertiente musical.
Conceptos deducibles y alcanceEl procedimiento técnico especifica que serán deducibles los gastos relacionados con:
- La adquisición de instrumentos musicales y partituras.
- El pago de tasas y cuotas en conservatorios y escuelas de música, ya sean de titularidad pública o privada.
- Gastos derivados de la formación y perfeccionamiento musical.
- Cuotas de socios en sociedades musicales o bandas y la asistencia a conciertos para las rentas que cumplan los requisitos.
Puedes leer toda la información publicada en el DOGV.
Esta medida es similar a la que ya opera en relación con los gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables, que benefician a los usuarios de gimnasios, clubes deportivos, servicios prestados por traumatólogos, dietistas-nutricionistas, fisioterapeutas, podólogos o técnicos superiores en Dietética. También se pueden beneficiar contribuyentes con gastos relacionados con la salud mental, familiares con enfermedades crónicas de alta complejidad o por gastos de óptica o salud bucocental.
Impacto en el tejido socialEsta medida se aplica en un contexto donde la Comunitat Valenciana cuenta con una red de aproximadamente 550 sociedades musicales, además de numerosos centros formativos. El Ejecutivo autonómico define la iniciativa como «pionera», al ser la única autonomía con una deducción específica de esta naturaleza.
La reforma no solo abarca el ámbito cultural, sino que se integra en una estrategia de alivio fiscal que ya contempla deducciones por salud bucodental, salud mental, gastos de óptica y práctica deportiva, permitiendo un ahorro acumulado de hasta 550 euros en los supuestos más comunes de desgravación por actividades cotidianas.