Ministerio de Hacienda - Publicado el 19/09/2026 - Referencia: BOE-A-2026-19484
En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.
Primero.Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:
A) CIGARROS Y CIGARRITOS
PVP
–
Euros/Unidad
MY FATHER My Father Don Pepin Azul Exquisitos 5 5/8X46 (20). 8,90 My Father Don Pepin Azul Invictos 5X50 (20). 9,90 My Father Don Pepin Azul Lanceros 7 1/2 X 38 (20). 10,90 My Father Don Pepin Azul Toro Gordo 6X56 (20). 11,10B) PICADURAS DE LIAR
PVP
–
Euros/Unidad
Ajja 17 Extra Blonde (40 g). 10,30 Cutters Choice (50 g). 14,00 Lucky Strike entubar (84 g). 20,70 Lucky Strike Liar y Entubar (30 g). 7,10 Lucky Strike para liar (30 g). 7,30 Lucky Strike Tabaco de Volumen (53 g). 12,50 Lucky Strike XL Tabaco de Volumen (88 g). 21,20 Pall Mall Roll New Orleans Sun Ripened Tobacco (200 g). 49,90 Samson Original Blend (50 g). 12,50C) PICADURAS DE PIPA
PVP
–
Euros/Unidad
Anda Pygman (200 g). 17,50 Anda Pygman (50 g). 4,95 Austin Pipa (100 g) SSB. 7,00 Dozaj Mangolia (950 g). 69,95 Taboo Arizona (200 g). 16,50 Taboo Arizona (50 g). 4,50 Taboo Flash (200 g). 16,50 Taboo Flash (50 g). 4,50 Taboo Melair (200 g). 16,50 Taboo Melair (50 g). 4,50 Segundo.Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:
A) CIGARRILLOS
PVP
–
Euros/Cajetilla
American Legend 100’S. 2,50B) PICADURAS DE PIPA
PVP
–
Euros/Unidad
Dozaj Mangolia (950 g). 41,90 Taboo Arizona (200 g). 10,50 Taboo Arizona (50 g). 2,90 Taboo Flash (200 g). 10,50 Taboo Flash (50 g). 2,90 Taboo Melair (200 g). 10,50 Taboo Melair (50 g). 2,90 Tercero.La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de septiembre de 2026.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.