Los alcaldes del área de Barcelona son conscientes de lo mucho que se juegan en el aparcamiento de sus ciudades: cinco de cada diez vecinos de la conurbación valoran negativamente la disponibilidad de estacionamiento. Es por ello que no pierden ocasión de proteger la disponibilidad de plazas para coches, tal y como han pedido cuatro ayuntamientos metropolitanos a través de alegaciones a la reforma urbanística del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) pendiente de aprobación definitiva por una comisión urbanística del Departament de Territori que busca reducir los mínimos legales exigibles de aparcamientos en promociones de vivienda.Seguir leyendo....
Los alcaldes del área de Barcelona son conscientes de lo mucho que se juegan en el aparcamiento de sus ciudades: cinco de cada diez vecinos de la conurbación valoran negativamente la disponibilidad de estacionamiento. Es por ello que no pierden ocasión de proteger la disponibilidad de plazas para coches, tal y como han pedido cuatro ayuntamientos metropolitanos a través de alegaciones a la reforma urbanística del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) —pendiente de aprobación definitiva por una comisión urbanística del Departament de Territori— que busca reducir los mínimos legales exigibles de aparcamientos en promociones de vivienda.
Es el caso de Santa Coloma de Gramenet, Cornellà de Llobregat, Viladecans y Sant Adrià de Besòs, que con distintas intensidades han solicitado blindar los estacionamientos internos en las promociones, especialmente las de vivienda protegida. El trasfondo de estas peticiones queda resumido en las alegaciones de Santa Coloma, donde el ayuntamiento asume el "déficit de plazas de aparcamiento para turismos, atendiendo a la densidad y la antigüedad de las edificaciones, construidas entre los años 60 y 70". La casuística aplica a tantos otros municipios metropolitanos.
La norma a la que alegan los consistorios es una modificación del Plan General Metropolitano (PGM) de 1976 a cargo del AMB. En el área de la mayoría de estos municipios, la de fuera de las rondas de Barcelona con acceso a transporte público, la reforma estipula un mínimo de una plaza de aparcamiento por cada cuatro viviendas en promociones de vivienda protegida, y de una plaza cada dos viviendas en promociones de vivienda libre.
La diferencia en relación a la normativa vigente hasta ahora es que se exigía un mínimo de 'parkings' en función de los metros cuadrados de las viviendas, llegando a un mínimo exigible de hasta un aparcamiento por vivienda en pisos de más de 130 m2. Esta regla desaparece ahora y el mínimo general fuera de Barcelona y L'Hospitalet será de una plaza cada cuatro viviendas.
Las peticiones de cada consistorioEspecíficamente, cada ayuntamiento pide una ratio mínima de aparcamientos en función de sus características. Por ejemplo, Santa Coloma solicita una plaza cada dos viviendas en promociones de protección oficial y una plaza cada dos viviendas en promociones de vivienda libre. Cornellà, por su parte, solicita un mínimo de una plaza cada cuatro viviendas en las promociones protegidas para venta, mientras que en vivienda libre pide un mínimo de una plaza por cada dos viviendas.
A su vez, Viladecans demandaba "elevar la reserva mínima de aparcamientos para la vivienda de protección", en el sentido de que para promociones de más de 20 viviendas se reserve una plaza cada dos viviendas de protección para venta y una plaza cada tres viviendas de protección para alquiler. Por último, Sant Adrià pedía mantener un mínimo de aparcamientos en vivienda protegida dentro del ámbito de las rondas. Ésta fue una de las alegaciones que el AMB no aceptó, abriéndose a contemplar en su reforma urbanística la gran mayoría de las demás.
Pese a la importancia que la administración metropolitana otorga a no establecer un mínimo de 'parkings' en promociones de vivienda protegida dentro del ámbito de las rondas, el AMB es favorable a que cada consistorio regule los aparcamientos según sus particularidades. Por ello permite, por un lado, que los consistorios localizados fuera de las rondas de Barcelona "puedan continuar aplicando sus reservas, a condición de que sean superiores a sus reservas mínimas estalecidas el la modificación del PGM". Por otra parte, la reforma urbanística prevé que, a futuro, los ayuntamientos "puedan adecuar sus reservas de aparcamiento a su realidad local", lo que a la práctica ofrece a las administraciones locales libertad normativa sobre esta materia.
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