Hoy, 12 de agosto de 2026, es un día marcado en rojo en los calendarios de astrónomos, viajeros y conductores: ese día, al atardecer, un eclipse total de Sol recorrerá España de noroeste a sudeste antes de ocultarse por el horizonte. Será el primer eclipse total visible desde la Península Ibérica desde 1912 y, al coincidir con el cambio de quincena y el festivo del 15 de agosto, la Dirección General de Tráfico (DGT) prevé una avalancha histórica de desplazamientos.
Hoy, 12 de agosto de 2026, es un día marcado en rojo en los calendarios de astrónomos, viajeros y conductores: ese día, al atardecer, un eclipse total de Sol recorrerá España de noroeste a sudeste antes de ocultarse por el horizonte. Será el primer eclipse total visible desde la Península Ibérica desde 1912 y, al coincidir con el cambio de quincena y el festivo del 15 de agosto, la Dirección General de Tráfico (DGT) prevé una avalancha histórica de desplazamientos.
Ante el despliegue especial de la DGT y el incremento de controles por parte de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y policías locales, la tentación de improvisar miradores al volante o inmortalizar el momento en vídeo puede salirte muy cara. Repasamos las multas más comunes (y graves) que pueden ponerte en carretera durante este hito astronómico:
1. Parar o estacionar en el arcén, mediana o calzada para contemplar el eclipseAnte la llegada de la penumbra, muchos conductores sentirán la tentación de detenerse en el arcén de una autovía, autopista o carretera convencional para tomar fotos o mirar al cielo. El Reglamento General de Circulación prohíbe estrictamente parar o estacionar en la calzada o en el arcén en vías interurbanas, salvo por causa de avería o emergencia.
Si realizas una parada improvisada en el arcén, la sanción estándar por estacionamiento o parada en lugar no permitido es de 200 euros (infracción grave). Sin embargo, si la detención genera un peligro grave para la circulación, provoca frenazos en cadena o se considera conducción negligente/temeraria, la sanción asciende a 500 euros y la detracción de 6 puntos del carné de conducir.
Inmortalizar el instante en el que el Sol queda oculto por la Luna será el gran objetivo de miles de personas. Sin embargo, si eres tú quien maneja el vehículo, intentar grabar un vídeo o hacer fotos con el móvil mientras conduces es una de las infracciones más perseguidas por la DGT (incluso mediante drones y helicópteros Pegasus).
Desde la reforma legal de 2022, el mero hecho de sostener el teléfono móvil en la mano durante la marcha (aunque estés detenido momentáneamente en una retención o semáforo) acarrea una multa de 200 euros y la pérdida automática de 6 puntos de tu permiso de conducir.
Tras el punto álgido del eclipse se prevé un colapso masivo en las carreteras secundarias y vías de alta capacidad de acceso a los principales miradores (en comunidades como Aragón, Asturias, Castilla y León, La Rioja, Comunitat Valenciana, Castilla-La Mancha o Baleares). En mitad de una retención prolongada, salir del vehículo para estirar las piernas o mirar al cielo entraña un enorme riesgo.
Bajarte del coche en una autovía o autopista sin causa justificada (avería o accidente) está prohibido y se sanciona con 80 a 200 euros.
Uso del chaleco reflectante: Si por causa de fuerza mayor debes bajar del vehículo en la calzada o el arcén de una vía interurbana y no llevas puesto el chaleco reflectante de alta visibilidad, la multa es de 200 euros.
Las gafas homologadas para la observación solar (norma ISO 12312-2) bloquean más del 99,99% de la luz visible. Son imprescindibles para mirar al Sol de forma segura a pie, pero ponérselas mientras se conduce equivale a ponerse una venda en los ojos. El artículo 18.1 del RGC obliga a mantener la libertad de movimientos y el campo de visión necesario; conducir con estas gafas constituye una imprudencia sancionada con 200 euros por conducción negligente.
Asimismo, la rápida disminución de la luz solar durante la fase de totalidad exigirá que todos los vehículos lleven encendidas las luces de cruce (cortas). Circular sin alumbrado en momentos de baja visibilidad o en condiciones meteorológicas/ambientales adversas conlleva una sanción de 200 euros (Art. 101 RGC).