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La Junta Electoral Central ratifica la exclusión de los debates electorales de Castilla y León de UPL y Soria Ya

Дата публикации: 23-02-2026 16:33:14

El órgano electoral ratifica la exclusión tanto de los leonesistas como los sorianistas pese a que la pasada legislatura conformaban un grupo parlamentario, al entender que incluirles supondría tener dos representantes en los debates, "contrario al principio de igualdad electoral"La Junta Electoral de Castilla y León excluye al grupo parlamentario UPL-Soria Ya de los debates electorales obligatorios
La Junta Electoral Central (JEC) ha ratificado la decisión de la Junta Electoral de Castilla y León de excluir a los partidos Unión del Puebl Leonés (UPL) y Soria Ya de los dos debates electorales obligatorios que se tienen que celebrar entre los grupos parlamentarios. El máximo órgano electoral ratifica la decisión pese a que ambas formaciones conformaron un grupo parlamentario la pasada legislatura con seis procuradores.

En una resolución conocida este lunes la Junta Electoral Central señala que “la Junta Electoral de Castilla y León entiende que lo que pretendió el legislador autonómico al establecer el requisito de tener un grupo parlamentario propio, fue establecer un criterio que marcara un determinado nivel de representatividad electoral para cada una de las organizaciones políticas que permitiera establecer para ella para ellas el peculiar ”deber“ de participar en los debates específicamente programados en la ley”.

Según la JEC “comparte la opinión de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de que una interpretación como la sostenida por los recurrentes, según la cual, el constituir un grupo parlamentario común con sus respectivos procuradores, tres de UPL y tres de Soria ¡Ya!, respectivamente, les permitiría designar dos candidatos a efectos del debate, y convertiría el criterio de representatividad en arbitrario, contrario al principio de igualdad electoral”. Esto es que cada uno debería participar con un representante, más que los demás grupos parlamentarios que tendrán solo uno.

La resolución entiende que los partidos no reunían los requisitos de grupo parlamentario de forma separada, “pues tenían cada una de ellas tres procuradores y no alcanzaron el porcentaje de votos exigido por la norma, por lo que debieron unirse para constituir lo que puede considerarse como un ”grupo parlamentario compartido“, pero no como un grupo parlamentario propio de cada una de las formaciones políticas, como se deduce de su pretensión de presentar a dos personas distintas como candidatos”.

Por ello, “esta Junta Electoral Central entiende ajustado a derecho el acuerdo de la Junta Electoral de Castilla y León y que los recursos deben ser desestimados”.

Partido Popular y Vox presentaron alegaciones a los recursos presentados por UPL y Soria Ya, apoyando su exclusión. El PP señaló que se trata de dos formaciones políticas diferentes que no concurrieron a las elecciones en coalición y no presentan un único candidato a la Presidencia de la Junta, sino que cada uno de ellos tiene el suyo propio. Para Vox no puede considerarse que estas formaciones obtuvieran grupo propio la pasada legislatura, ya que debieron unir sus escaños para alcanzar los mínimos establecidos y nunca han formalizado una coalición electoral.
UPL y Soria Ya considerado su exclusión como “caciquil
Las dos formaciones políticas excluídas de los debates, UPL y Soria Ya, coincidieron en señalar la primera decisión como “caciquil” y “poco democrática”. Las dos formaciones creen que su eliminación del debate “atenta contra la pluralidad democrática e igualdad de oportunidades”, por excluir de los debates todo un grupo parlamentario y sus respectivos candidatos, la leonesista Alicia Gallego y el sorianista Ángel Ceña.

Para la Junta Electoral de Castilla y León los dos partidos no cumplían con el requisito de grupo parlamentario propio porque entiende que, en solitario, no cumplían los puntos necesarios para tener un grupo propio como son 5 procuradores o menos pero el 5% del voto autonómico, aunque en realidad lo tuvieron de forma conjunta. La resolución les equiparaba con las coaliciones de Podemos o Izquierda Unida que solo mantuvieron un representante en el grupo mixto la pasada legislatura.

Contra el acuerdo dela Junta Electoral Central cabe interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.

Los debates electorales obligatorios de los grupos parlamentarios tendrán lugar el jueves 5 de marzo en RTVE y el martes 10 en RTVCYL y solo participarán los candidatos del PP, PSOE y Vox: Alfonso Fernández Mañueco, Carlos Martínez y Carlos Pollán.


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La Junta Electoral Central (JEC) ha ratificado la decisión de la Junta Electoral de Castilla y León de excluir a los partidos Unión del Puebl Leonés (UPL) y Soria Ya de los dos debates electorales obligatorios que se tienen que celebrar entre los grupos parlamentarios. El máximo órgano electoral ratifica la decisión pese a que ambas formaciones conformaron un grupo parlamentario la pasada legislatura con seis procuradores.

En una resolución conocida este lunes la Junta Electoral Central señala que “la Junta Electoral de Castilla y León entiende que lo que pretendió el legislador autonómico al establecer el requisito de tener un grupo parlamentario propio, fue establecer un criterio que marcara un determinado nivel de representatividad electoral para cada una de las organizaciones políticas que permitiera establecer para ella para ellas el peculiar ”deber“ de participar en los debates específicamente programados en la ley”.

Según la JEC “comparte la opinión de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de que una interpretación como la sostenida por los recurrentes, según la cual, el constituir un grupo parlamentario común con sus respectivos procuradores, tres de UPL y tres de Soria ¡Ya!, respectivamente, les permitiría designar dos candidatos a efectos del debate, y convertiría el criterio de representatividad en arbitrario, contrario al principio de igualdad electoral”. Esto es que cada uno debería participar con un representante, más que los demás grupos parlamentarios que tendrán solo uno.

La resolución entiende que los partidos no reunían los requisitos de grupo parlamentario de forma separada, “pues tenían cada una de ellas tres procuradores y no alcanzaron el porcentaje de votos exigido por la norma, por lo que debieron unirse para constituir lo que puede considerarse como un ”grupo parlamentario compartido“, pero no como un grupo parlamentario propio de cada una de las formaciones políticas, como se deduce de su pretensión de presentar a dos personas distintas como candidatos”.

Por ello, “esta Junta Electoral Central entiende ajustado a derecho el acuerdo de la Junta Electoral de Castilla y León y que los recursos deben ser desestimados”.

Partido Popular y Vox presentaron alegaciones a los recursos presentados por UPL y Soria Ya, apoyando su exclusión. El PP señaló que se trata de dos formaciones políticas diferentes que no concurrieron a las elecciones en coalición y no presentan un único candidato a la Presidencia de la Junta, sino que cada uno de ellos tiene el suyo propio. Para Vox no puede considerarse que estas formaciones obtuvieran grupo propio la pasada legislatura, ya que debieron unir sus escaños para alcanzar los mínimos establecidos y nunca han formalizado una coalición electoral.

UPL y Soria Ya considerado su exclusión como “caciquil

Las dos formaciones políticas excluídas de los debates, UPL y Soria Ya, coincidieron en señalar la primera decisión como “caciquil” y “poco democrática”. Las dos formaciones creen que su eliminación del debate “atenta contra la pluralidad democrática e igualdad de oportunidades”, por excluir de los debates todo un grupo parlamentario y sus respectivos candidatos, la leonesista Alicia Gallego y el sorianista Ángel Ceña.

Para la Junta Electoral de Castilla y León los dos partidos no cumplían con el requisito de grupo parlamentario propio porque entiende que, en solitario, no cumplían los puntos necesarios para tener un grupo propio como son 5 procuradores o menos pero el 5% del voto autonómico, aunque en realidad lo tuvieron de forma conjunta. La resolución les equiparaba con las coaliciones de Podemos o Izquierda Unida que solo mantuvieron un representante en el grupo mixto la pasada legislatura.

Contra el acuerdo dela Junta Electoral Central cabe interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.

Los debates electorales obligatorios de los grupos parlamentarios tendrán lugar el jueves 5 de marzo en RTVE y el martes 10 en RTVCYL y solo participarán los candidatos del PP, PSOE y Vox: Alfonso Fernández Mañueco, Carlos Martínez y Carlos Pollán.

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