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La pelea de V: una madre con un hijo discapacitado que Países Bajos quiere expulsar porque tiene permiso de residencia en España

Дата публикации: 04-06-2026 09:18:31

La Justicia europea sentencia que debería concederse a la madre un permiso de residencia derivado en los Países Bajos ante la importancia de respetar la vida familiar que el niño tiene actualmente con sus dos progenitores y el riesgo concreto de que el menor sea separado de su padre Europa se deja llevar por la ola ultra y aprueba los centros de deportación de migrantes en países fuera de la UE
La ola contra la inmigración que recorre Europa está provocando situaciones propias de un relato del escritor Franz Kafka. Una mujer de nacionalidad marroquí, que reside en los Países Bajos con su cónyuge, de nacionalidades neerlandesa y marroquí, y con su hijo menor de edad, de nacionalidad neerlandesa, ha tenido que llevar su caso hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) frente a la amenaza de expulsión por parte de las autoridades neerlandesas y ante la negativa a darle un permiso de residencia porque ya se lo había concedido España.

Esta mujer, con nombre V para proteger su identidad, residió y trabajó legalmente en España desde 1999 hasta 2014. Ese mismo año se fue a vivir con su pareja y registraron su matrimonio en el Registro Civil del municipio neerlandés en el que residen. En 2015 nació el hijo de la pareja que tiene la nacionalidad neerlandesa y del que se ocupan ambos cónyuges, ya que no empezó a hablar hasta los cinco años y presenta dificultades de expresión que lo llevaron a seguir una enseñanza especializada, destinada a los alumnos que necesitan un apoyo específico.

La situación familiar es más complicada porque el marido de V no percibe ningún ingreso profesional debido a su estado de salud. El padre está parcialmente exento de la obligación de trabajar y percibe una prestación de asistencia social.

Cuando V fue a pedir la residencia en Países Bajos en 2020, las autoridades neerlandesas no solo le denegaron su solicitud al considerar que tenía derecho de residencia en España, además le ordenaron que se trasladara de inmediato a España y abandonara el territorio neerlandés. Antes esta situación de desamparo y con las claras consecuencias que podría provocar para la familia, V llevó su caso a los tribunales de primera instancia de Países Bajos, que inicialmente consideraron que existe una relación de dependencia entre V y su hijo menor de edad, ciudadano de la Unión Europea y neerlandés por lo que habría que concederle el permiso de residencia. Los magistrados neerlandeses decidieron elevar el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para sostener su decisión.
Menoscabo de la unidad familiar y derechos del niño
La Justicia europea sentencia que se debería conceder a V un permiso de residencia derivado en los Países Bajos, ya que la denegación de ese derecho menoscabaría la unidad familiar y privaría al menor de la posibilidad de que ha gozado, desde su nacimiento, de mantener de forma periódica relaciones personales y contactos directos con su padre y con su madre.

El Tribunal de Justicia añade que en el supuesto de que V siguiera teniendo derecho de residencia en España no excluye la posibilidad de que pudiera tenerlo también en Países Bajos. En caso de que se le denegara a V ese derecho de residencia, su hijo se vería entonces obligado a acompañar a su madre a España y, por lo tanto, a abandonar los Países Bajos, el Estado en el que reside y del que es nacional, lo que podría vulnerar algunos de sus derechos fundamentales.

Además, en la sentencia se subraya la importancia de respetar la vida familiar que este niño tiene actualmente en los Países Bajos con sus dos progenitores, de quienes depende y que existe un riesgo concreto de que dicha vida familiar no pueda continuar en España.

Por otro lado, los jueces europeos recalcan que el tribunal neerlandés también debe comprobar si un traslado forzoso del niño a España sería contrario a su interés superior, ya que el niño no habla español, sino neerlandés, y tienen problemas de expresión por lo que necesita educación especial, por lo que el interés superior del niño constituiría otro motivo para que deba concedérsele a V un derecho de residencia derivado en los Países Bajos.

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